domingo, 14 de mayo de 2017

DE UNA MAGNÍFICA OPORTUNIDAD



De la jurisdicción militar

Luis Barragán

Probada la tarea en el estado Carabobo, la masiva remisión de civiles a los tribunales militares tienta a una extendida consideración jurídica, acaso innecesaria cuando es demasiado evidente el objetivo político que la inspira. Arrollados muy caros principios, derechos y garantías de orden constitucional, asistimos y padecemos la otra y previsible etapa postrera de un régimen que, a la usanza de una vieja doctrina de seguridad, convierte a todo disidente en un enemigo interno.

Tuvimos la ocasión de participar en el debate parlamentario que el caso suscitó, contribuyendo la instancia a precisar algunas de sus facetas más importantes (https://www.youtube.com/watch?v=pq_kayZiw5E). Debemos profundizar más adelante, yendo a una caracterización  necesaria de la entidad armada en un Estado Constitucional.

Por lo pronto, insistamos en la imposibilidad de reducir todos los espacios públicos, propicios para la irreprimible polémica ciudadana, a la jurisdicción castrense. Más temprano que tarde, la fórmula dará alcance a los diferentes actores, corrientes y movimientos que anidan en el poder establecido, cohabitando por mandato de un presupuesto público hoy, como nunca, sometido al capricho de quienes tienen la suerte de administrarlo en la soterrada o abierta pugna por prorratear sus beneficios.

Igualmente, aceptemos que el caso ilustra la existencia de unas reglas arbitrarias para la oposición, abstracta y concretamente concebida, y un mínimo sistema legal para el oficialismo de una diversidad reprimida.  Creemos que la sola invocación de las normas procesales, innecesarias para todo disidente, constituye una clara advertencia para todo aquel que participe del poder establecido, pues, así como el buen comportamiento del PCV y de otros partidos subsidiarios del PSUV merecieron una decisión comprensiva del TSJ para legalizarse en un futuro cercano, otro tanto ocurrirá en los tribunales militares con todo aquél que ose levantar la voz: por lo menos, tendrá ocasión de defender y de corregir una conducta que lo haga cónsono con una sentencia oportuna y benevolente.

La Fiscal General de la República cuenta con una magnífica oportunidad para hacer valederas sus supuestas discrepancias, reivindicando la preeminencia de la jurisdicción civil. Ojalá la institución que representa juegue un papel significativo e importante, quizá como lo hizo décadas atrás con el enjuiciamiento de Marcos Pérez Jiménez o el de Carlos Andrés Pérez.

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