sábado, 21 de diciembre de 2013

PROCEDENCIA, PERTENENCIA Y PERMANENCIA

EL NACIONAL - LUNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 1999 / OPINION
Sobre los valores de la nacionalidad
Germán Carrera Damas

Sin restarle importancia al período que se corre desde la llegada de los castellanos hasta el inicio de la crisis del nexo colonial, cabe estimar que el campo histórico a considerar arranca, propiamente, de este último momento.
Mientras fuimos una sociedad monárquica, compartimos entusiastas los valores de la corona española, y si bien la metrópoli se dotó transitoriamente de una Constitución, aprobada el 18 de marzo de 1812, ya se había promulgado la primera Constitución venezolana, el 21 de diciembre de 1811.
En el período en que se sentaron las bases de los valores de la nacionalidad, hubo áreas y momentos donde y cuando mantuvieron o conservaron su tenaz vigencia los valores de la monarquía, ya fuese absoluta, ya fuese constitucional. La monarquía y la independencia no eran entonces necesariamente antitéticas, lo que explicaría en parte el monarquismo, absolutista o constitucional, de muchos criollos. Los valores fundacionales de la nacionalidad no fueron generalmente practicados ni acatados sino bastante tarde respecto de su proclamación primaria.
No obstante, es históricamente legítimo tomar como hilo conductor el desenvolvimiento del régimen republicano, puesto que éste acabó por prevalecer. Las constituciones que han regido, o que han pretendido regir la sociedad venezolana, muestran claros signos de continuidad en lo concerniente a los valores fundacionales de la nacionalidad, evocados como inspiración y norte de la voluntad constituyente. En consecuencia, estas consideraciones se centran en los valores que han estado vinculados, de manera fundacional y/o perdurable, con el nacimiento, la formación y el desarrollo de la nacionalidad venezolana.
Puestos en el preámbulo de las constituciones, y/o integrados en su articulado, esos valores han significado el más alto compromiso político y ético de dar comienzos de satisfacción a las tres necesidades básicas de los ciudadanos venezolanos, desde el punto de vista de su conciencia histórica. Me refiero a las nociones históricas de procedencia, de pertenencia y de permanencia. De allí que tal enunciado de valores sea una fuente primordial de legitimidad histórica para todo edificio constitucional.
La justificación de la ruptura del nexo colonial con la corona española, y, sobre todo de la abolición de la monarquía, contrariando los sentimientos religiosos y la conciencia social y política de la mayoría de los habitantes, hizo que contemos con un listado de los valores fundacionales de la nacionalidad. Están contenidos en el Acta de la Declaración de Independencia y en la Constitución Federal de 1811, que recogen los actos originarios de la nación venezolana y conforman las bases conceptuales de la formulación inicial del proyecto nacional.
La perdurabilidad de los valores de la nacionalidad se manifiesta en su constante presencia en los textos constitucionales, con variantes formales más o menos ligeras y, en algunos casos, sin mención expresa pero con presencia rectora. El curso histórico seguido por los valores fundacionales de la nacionalidad se corresponde con el proceso de definición del proyecto nacional venezolano. Prueba adicional de la perdurabilidad de esos valores es que ninguno ha sido negado expresamente, y aun en los casos de olvido o violación de su mandato, han permanecido como referencia para evaluar políticas y avalar aspiraciones.
El listado de los valores de la nacionalidad comprende los valores fundacionales, y expresan la lucha contra el absolutismo y por la libertad: la forma republicana de gobierno, el sistema político representativo, el régimen político administrativo federal, la prevención del despotismo mediante la división de los poderes públicos y el estado de derecho, la apertura de canales para las aspiraciones de libertad e igualdad mediante y la invocación religiosa.
A lo largo de este rico proceso de formación y acumulación de los valores de la nacionalidad han sido propuestos valores alternativos: El socialismo ha intentado influir, con relativo éxito, propuestas que han desbordado su influencia en la formulación de los derechos económicos y sociales.
El antiimperialismo, se ha confundido con la exaltación nacionalista, sobre todo en las relaciones internacionales y en el régimen económico.
El bolivarianismo, ha crecido desde la exaltación patriótica, en el preámbulo de la Constitución de 1947, a la de inspirador de reformas sustanciales del Estado, pasando por una evocación mesurada en el preámbulo de la Constitución de 1961. En síntesis, ha pasado de ser un culto popular espontáneo a ser un culto para el pueblo, y por lo mismo de manifestación de gratitud histórica a palanca para la manipulación ideológica y política de la sociedad.
Semejante acumulación de valores nacionales no puede figurar en el preámbulo de la Constitución, y, por consiguiente, deberán agruparse o fundirse en formulaciones inclusivas, simultáneamente con la adición de pronunciamientos de orden político o doctrinario constitucional propios de nuestro tiempo.
Es necesario preservar los valores que, conscientemente o no, nutren la consciencia de procedencia, de pertenencia y de permanencia, pues ésta es la esencia de un patriotismo consciente y responsable. Es decir, la fuerza individual y social que nos permitirá llegar a ser una sociedad democrática.
gcarrera@cantv.net

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