lunes, 18 de febrero de 2013

FIAT LUX

La Contraloría y los deberes de la Asamblea Nacional
Luis Barragán


Casi dos años atrás, falleció el titular de la Contraloría General de la República, prolongando indefinidamente la encargaduría de una persona de extremado bajo perfil, a pesar de los consabidos hechos y denuncias de corrupción que demandan un oportuno pronunciamiento. Incluso, hay quienes alegan la llamada omisión legislativa en el intento de regularizar la suplencia o materializar el reemplazo, incluyendo la posibilidad de consulta  popular de conformidad con el artículo 279 constitucional.

La referida prolongación guarda correspondencia con la impuntualidad o incumplimiento de la agenda institucional, pues, a modo de ilustración,  se ha convertido en hábito la postergación de los comicios municipales. Quizá una suerte de ecosonograma de la crisis política padecida, el recurrente retardo y extensión del período de los ediles, ha sido recurrente en los últimos años tal como sucedió en las postrimerías de la denominada cuarta república.

Las escasas posiciones públicas de la actual Contralora General de la República (encargada),  frente a eventos de una incontestable notoriedad relacionados con la Administración,  apunta a las responsabilidades constitucionales de la Asamblea Nacional que ha de emplazarla, informarse y deliberar respecto a aquellos  asuntos que van más allá de las interesadas investigaciones y desplantes de la bancada oficialista.  Notitia criminis, el debate parlamentario ha abanicado importantes y consistentes casos de corrupción que merecen la inmediata atención, investigación y el visible dictamen de un órgano independiente del Poder Público, según la Carta de 1999.

Casualmente, hallamos un viejo artículo de opinión, suscrito por José Vicente Rangel, y de un título revelador: “La Contraloría y los deberes del Congreso” (La Esfera, Caracas, 16/06/66), mediante el cual reclama el examen y discusión del Informe del Contralor General, para arribar a conclusiones que honren las competencias del Poder Legislativo. Pendiente de una solicitud para intervenir en la Cámara de Diputados sobre la materia, advierte la importancia de los “Informes contentivos de un material de gran interés para el desarrollo de la labor parlamentaria, (que) pasan desapercibidos y corren la suerte final del archivo”.

Renunciando tácitamente a sus responsabilidades, el  parlamento que no ejerció la “amplísima facultad de investigación” (artículo 160 de la Constitución), por entonces igualmente olvidó sendos proyectos pendientes como la Ley Orgánica de Hacienda Pública, la de Contraloría y el Código Penal. “Grave – continua Rangel – desde todo ángulo es la situación del Congreso. Su inercia, su falta de actividad, rebasan toda medida”. Por lo demás, denuncia “una creciente desnaturalización de las obligaciones del Parlamento; una acentuada falta de seriedad; la burla sistemática del propio ordenamiento constitucional”.

Paradójicamente, por una parte, la historia parlamentaria venearraganjzolana tiende a reivindicar al Congreso de la República ante la Asamblea Nacional, también por el libre y eficaz desempeño de sus integrantes. Y, por otra, es evidente que, hoy, el oficialismo está empeñado en desnaturalizar o sesgar la labor de un órgano del Poder Público que se presume autónomo, reacio a polemizar e investigar sobre casos que comprometen la gestión de altos funcionarios gubernamentales que tercamente protege, aplazando indefinida y sospechosamente la actualización de la Ley Orgánica Contra La Corrupción.


A todas luces, el oficialismo es inconsecuente  con las posturas de quienes le precedieron y allanaron un largo camino de ascenso al poder, a los que – simplemente – les reconocen ciertos títulos de nobleza revolucionaria y nada más. Ocurre algo parecido con los planteamientos de Elio Gómez Grillo, pues, ideológicamente afín, no puede imputársele el desastre de una política penitencia que lo desconoce y traiciona.

Finalmente, recordamos otro interesantísimo artículo de prensa, por el cual César J. Hernández B. (“La Contraloría General de la República”; El Universal, Caracas, 16/11/73), después de incursionar en los orígenes de la ley que rige la materia, propuso la elección adicional de un Sub-Contralor General que sirviera de “freno y contrapeso” a la “dictadura de control” del titular.  Y la idea es suficientemente atractiva para una futura reforma constitucional que, por añadidura, evalúe la eficiencia y eficacia de lo que fue un órgano auxiliar del Congreso, y – ahora -  constituye una expresión pretendidamente independiente del Poder Público, tentándonos a un esfuerzo comparativo de sus realizaciones.

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